ISSN-e: 2007-7335
La Revista Mexicana de Historia de la Educación se apega a los principios éticos del Committee on Publication Ethics (Comité de Ética para Publicaciones / COPE) en sus Principios Centrales (ver más).
Cualquier material académico, de la naturaleza que sea, artículo de investigación, artículo teórico o reseña de publicación, deberá ser inédito y no podrá estar sujeto a una evaluación pendiente por parte de otra publicación periódica o libro.
Todo artículo o reseña presentada para su publicación deberá ceñirse al ámbito temático que aborda la Revista Mexicana de Historia de la Educación.
Los originales recibidos serán considerados versión definitiva y sólo se aceptarán modificaciones en el caso expreso de que dictaminadores así lo soliciten, a fin de que el trabajo pueda ser publicado atendiendo a sus indicaciones; o bien, a petición de la Revista Mexicana de Historia de la Educación.
La Revista Mexicana de Historia de la Educación dará acuse de recibido de todo material presentado para su publicación.
La dirección y el Comité Editorial de la Revista Mexicana de Historia de la Educación están facultados para rechazar textos, previo al proceso de dictamen, si consideran que estos incumplen las normas mínimas de calidad, adecuada citación bibliográfica, redacción o temática.
LaRevista Mexicana de Historia de la Educación se reserva el derecho de corregir la redacción de todo material cuando así lo considere oportuno y con estricto respeto del trabajo del o los autores, a fin de homologar criterios y despejar dudas o confusiones originadas por el estilo.
Los autores no reciben pago por los textos publicados y tampoco pagan para que estos sean publicados.
Los autores deben firmar una Declaración de originalidad que deben presentar junto con propuesta para iniciar con el proceso de evaluación.
Los autores deberán firmar una Carta de cesión de derechos una vez que sean notificados que su artículo o reseña fue aprobado para publicación, la cual será proporcionada por la Secretaria Académica de la revista.
El proceso de evaluación comenzará una vez que el Comité Editorial de la Revista Mexicana de Historia de la Educación verifique el cumplimiento general de las normas editoriales.
Los artículos y reseñas, una vez aprobada la primera etapa de evaluación, serán dictaminados bajo el principio de doble ciego, proceso en donde autores y evaluadores son anónimos.
La Revista Mexicana de Historia de la Educación informará a los autores cuyos trabajos sean admitidos para su publicación, inmediatamente después de que se haya tomado la decisión.
La Revista Mexicana de Historia de la Educación considera como conductas inaceptables:
Las malas prácticas pueden ser identificadas por integrantes del Comité Editorial, Consejo, autores, dictaminadores o lectores, en cuyo caso se atenderán las acusaciones siempre y cuando estén fundamentadas y se otorguen pruebas. Para iniciar la atención a estos casos –y en la medida de lo posible–, se tomarán como apoyo y referencia los diagramas de flujo propuestos por COPE, adaptándolos a la estructura de la Revista Mexicana de Historia de la Educación .
Algunos ejemplos de malas prácticas en la autoría pueden ser: plagio, autoplagio, publicación previa del mismo material, falsificación de datos y resultados de investigación, entre otros.
El primer respondiente será el o la Directora de la revista, quien en primera instancia contactará al autor señalado para hacer de su conocimiento el caso específico y solicitará una respuesta al alegato, sin develar el nombre de la persona que lo hizo. En caso de no recibir una respuesta satisfactoria, se procederá a investigación.
El caso será compartido con los miembros del Comité Editorial, quienes de forma colegiada tomarán una decisión basándose en las pruebas otorgadas y la severidad del caso, lo que puede resultar en la anulación del artículo del proceso de revisión o edición, o la eliminación del artículo si se encontrara publicado en la página de la revista.
Cuando la falta sea grave y suponga una violación a la ley, el caso será turnado a las instancias competentes para que den seguimiento al caso de acuerdo a la normatividad aplicable.
De considerarse necesario o útil para la comunidad científica, se podría hacer partícipe del caso a las universidades o centros de investigación del autor investigado, así como a las instancias gubernamentales correspondientes (Conacyt, en el caso de México).
Para prevenir y atender tempranamente los casos de malas prácticas, se ha implementado el uso de un sistema digital de detección de plagio en el que son sometidos todos los artículos antes de ser aceptados para su evaluación, donde se identifica el nivel de similitud con otros textos, además de que la información citada esté correctamente atribuida a la autoría original.
Se recibirán quejas de integrantes del Comité Editorial, Consejo Editorial, autores, dictaminadores o lectores siempre y cuando exista fundamentación, las cuales serán atendidas siguiendo los lineamientos y diagramas de flujo de COPE, así como las normas internas de la Revista Mexicana de Historia de la Educación.
En ningún caso el proceso de solución de quejas involucrará revelar la identidad de los revisores. Cualquier queja sobre un proceso de evaluación será atendida siempre y cuando el autor identifique posibles errores en la revisión del texto, mas no se podrá en tela de juicio la aptitud del revisor.
Las quejas se dirigirán por escrito al o la Directora de la revista, con toda la argumentación y pruebas necesarias para considerar el caso. De ser necesario, el o la Directora pedirá el apoyo del Comité Editorial o del Consejo Editorial con alguno de los miembros que sea experto en el tema del artículo que se encuentre en valoración o publicado.
Se dará una respuesta a la queja en un período máximo de un mes.